Con la nueva Ley 20/2013 de garantía de la unidad de mercado, se amplia el criterio para "apertura express" en comercios y actividades minoristas:
Disposición final tercera. Modificación de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.
Uno. Se modifica el apartado 1 del artículo 2, que queda redactado como sigue: «Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. Las disposiciones contenidas en el Título I de esta Ley se aplicarán a las actividades comerciales minoristas y a la prestación de determinados servicios previstos en el anexo de esta Ley, realizados a través de establecimientos permanentes, situados en cualquier parte del territorio nacional, y cuya superficie útil de exposición y venta al público no sea superior a 750 metros cuadrados.»
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